Dinamarca ha dado un paso pionero al reconocer el rostro y la voz como propiedad intelectual.

Esta decisión legal podría convertirse en el modelo que transforme la normativa de la Unión Europea, con profundas implicaciones para el cine, la televisión y la industria audiovisual en general.

Una ley pionera en Europa

Desde agosto de 2025, los ciudadanos daneses son titulares de derechos de autor sobre su rostro, su voz y su cuerpo.

Esto convierte estos elementos personales en bienes protegidos, como lo son una canción, una obra literaria o un diseño gráfico.

La legislación convierte a Dinamarca en el primer país de Europa en dar este paso, creando un precedente que podría extenderse a nivel europeo en los próximos años.

¿Qué derechos reconoce esta nueva legislación?

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    • Derecho a exigir la eliminación de contenido generado por IA que utilice imagen, voz o cuerpo sin consentimiento.
    • Derecho a solicitar compensación por daño a la reputación, intimidad o actividad profesional.
    • Derecho a que las plataformas tecnológicas sean responsables por alojar deepfakes no autorizados.

Fuente oficial danesa: DR – Radio Pública de Dinamarca

Impacto de la propiedad intelectual del rostro y la voz en el cine

Esta medida afecta directamente a la industria audiovisual, donde ya es habitual ver:

    • Actores generados por IA sin intervención del actor real.
    • Voces clonadas para anuncios, locuciones y doblajes.
    • Rostros y cuerpos utilizados en figuración digital y deepfakes.
    • Guiones y estilos replicados por sistemas entrenados con obras previas.

Con esta ley, el rostro y la voz adquieren valor jurídico como activos creativos.

Su uso no autorizado puede conllevar sanciones y compensaciones económicas.

¿Puede España reconocer el rostro y la voz como propiedad intelectual?

España cuenta con leyes como la LO 1/1982 sobre el derecho al honor y la propia imagen o la Ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo:

    • El rostro y la voz aún no se consideran “obra” protegida por derecho de autor.
    • No existe regulación clara ante usos por IA.
    • La responsabilidad de las plataformas ante deepfakes es limitada o inexistente.

Un modelo como el danés permitiría:

Incluir cláusulas específicas sobre IA en contratos audiovisuales, fortalecer los derechos de actores y creadores sobre su identidad digital y limitar el uso no consentido de imagen, voz y estilo creativo por parte de plataformas o productoras.

Cómo proteger tu rostro y tu voz como propiedad intelectual en 2025

Aunque esta legislación aún no ha llegado a España, desde Singular Law recomendamos:

    • ✍️ Incluir cláusulas sobre IA en contratos de imagen y voz.
    • 📄 Registrar obras, guiones y materiales con autoría identificable.
    • ⚠️ Denunciar usos no consentidos en contenidos digitales, redes o anuncios.
    • 🤝 Negociar condiciones claras en futuras cesiones de identidad digital.

Rostro y voz como propiedad intelectual: una nueva era legal

 

Este movimiento legislativo no es un caso aislado. El debate sobre identidad digital y derechos de los creadores está en marcha en toda Europa.

En Singular Law creemos que el marco legal debe evolucionar al ritmo de la tecnología. Por eso:

Ayudamos a actores, autores y productores a proteger su imagen, su voz y su obra frente a usos no consentidos por inteligencia artificial.

📩 Contáctanos y protege tu identidad digital desde hoy.