Dinamarca ha dado un paso pionero al reconocer el rostro y la voz como propiedad intelectual.
Esta decisión legal podría convertirse en el modelo que transforme la normativa de la Unión Europea, con profundas implicaciones para el cine, la televisión y la industria audiovisual en general.
Una ley pionera en Europa
Desde agosto de 2025, los ciudadanos daneses son titulares de derechos de autor sobre su rostro, su voz y su cuerpo.
Esto convierte estos elementos personales en bienes protegidos, como lo son una canción, una obra literaria o un diseño gráfico.
La legislación convierte a Dinamarca en el primer país de Europa en dar este paso, creando un precedente que podría extenderse a nivel europeo en los próximos años.
¿Qué derechos reconoce esta nueva legislación?
- Derecho a exigir la eliminación de contenido generado por IA que utilice imagen, voz o cuerpo sin consentimiento.
- Derecho a solicitar compensación por daño a la reputación, intimidad o actividad profesional.
- Derecho a que las plataformas tecnológicas sean responsables por alojar deepfakes no autorizados.
Fuente oficial danesa: DR – Radio Pública de Dinamarca
Impacto de la propiedad intelectual del rostro y la voz en el cine
Esta medida afecta directamente a la industria audiovisual, donde ya es habitual ver:
- Actores generados por IA sin intervención del actor real.
- Voces clonadas para anuncios, locuciones y doblajes.
- Rostros y cuerpos utilizados en figuración digital y deepfakes.
- Guiones y estilos replicados por sistemas entrenados con obras previas.
Con esta ley, el rostro y la voz adquieren valor jurídico como activos creativos.
Su uso no autorizado puede conllevar sanciones y compensaciones económicas.
¿Puede España reconocer el rostro y la voz como propiedad intelectual?
España cuenta con leyes como la LO 1/1982 sobre el derecho al honor y la propia imagen o la Ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo:
- El rostro y la voz aún no se consideran “obra” protegida por derecho de autor.
- No existe regulación clara ante usos por IA.
- La responsabilidad de las plataformas ante deepfakes es limitada o inexistente.
Un modelo como el danés permitiría:
Incluir cláusulas específicas sobre IA en contratos audiovisuales, fortalecer los derechos de actores y creadores sobre su identidad digital y limitar el uso no consentido de imagen, voz y estilo creativo por parte de plataformas o productoras.
Cómo proteger tu rostro y tu voz como propiedad intelectual en 2025
Aunque esta legislación aún no ha llegado a España, desde Singular Law recomendamos:
- ✍️ Incluir cláusulas sobre IA en contratos de imagen y voz.
- 📄 Registrar obras, guiones y materiales con autoría identificable.
- ⚠️ Denunciar usos no consentidos en contenidos digitales, redes o anuncios.
- 🤝 Negociar condiciones claras en futuras cesiones de identidad digital.
Rostro y voz como propiedad intelectual: una nueva era legal
Este movimiento legislativo no es un caso aislado. El debate sobre identidad digital y derechos de los creadores está en marcha en toda Europa.
En Singular Law creemos que el marco legal debe evolucionar al ritmo de la tecnología. Por eso:
Ayudamos a actores, autores y productores a proteger su imagen, su voz y su obra frente a usos no consentidos por inteligencia artificial.